jueves, 17 de julio de 2008
Conduccion Exclusiva
Por este motivo, se aclara que las pólizas que contemplan esta nota y que identifican al conductor habitual es solo referencial, la tarificación se hace en base a la edad de las personas individualizadas en ésta y no obliga a que el vehículo solo sea de uso de las personas registradas en la póliza.
Esto quiere decir que tendrá cobertura en caso de siniestro, independiente que el conductor esté o no identificado en la póliza que sea mayor o igual a 25 años. En el caso que se presente un siniestro y que el conductor sea menor o igual a 24 años se cubre el siniestro, pero debe pagar un deducible de UF 30 sumado a los que tenga por otra condición de la poliza.
Esta información se revisó y confirmó con el área técnica.
Dudas consultar a supervisores
Complementario de Salud (Cont. Cobertura MetLife)
A contar del 1/5/2008 este producto estará por BCI SEGUROS, estaban asegurados en METLIFE., por problemas de dicha aseguradora se tomo la decisión de terminar con el seguro paulatinamente, esto quiere decir que para los asegurados que ya han cumplido un año NO se le renovó el seguro enviándoles una carta e indicando que se les contactaría para ofrecer una alternativa similar a los que tenían y que se les respetaría sus gastos ya efectuados en el seguro anterior al igual que sus enfermedades ya siniestradas.
Es importante que tengan claro algunos puntos:
El nombre que dejaron para el producto es: "Seguro Complementario Bciseguros"
· Para los hijos recién nacidos que se incorporen al seguro y que presenten enfermedades congénitas/genéticas como Síndrome de Down, Autismo Síndrome de Klinefelter entre otros tendrán un tope anual de UF 50.-
No será "traspaso de cartera", ya que es un seguro nuevo y no es colectivo, será individual.
(ojo falta linkear archivo word)
AP y Hospitalizacion Telemarketing
Full Accidentes y hospitalización BCI
Este Seguro se llama Accidentes Personales y Hospitalización y le entrega una protección frente a:
1.- Muerte Accidental
Entregando a sus beneficiarios una indemnización inmediata de (700 o 900 UF) si usted llega a fallecer a consecuencia directa e inmediata a un Accidente. Lo que equivale a aproximadamente ($1.970.000 o $2.960.000).
Además, le otorgaremos una renta mensual de (25 o 50 UF) por 12 meses a sus beneficiarios, lo que equivale aproximadamente a ($490.000 o $980.000) mensuales.
2.- Hospitalización por Accidente o Enfermedad
En caso de ser hospitalizado por más de 24 horas usted recibirá una indemnización de (2 o 4 UF) de libre disposición, es decir, este dinero es independiente al copago de su sistema de salud.
3.- Hospitalización por Accidente o Enfermedad (UTI / UCI)
En caso de hospitalización en UTI / UCI la indemnización anterior se duplica a (4 u 8 UF) que al igual que el caso anterior son dinero de libre disposición. Existe un máximo de 180 días a indemnizar al año. Solo en el caso de Enfermedades hay una carencia de 60 días desde la vigencia del Seguro. Y por accidente comienza con cobertura Inmediata. El primer día será deducible, es decir, no tendrá cobertura.
(dar Click a la imagen para agrandar)
Este seguro tiene una prima mensual de (0.40 UF o 0.56 UF) que será cargada a través de los productos que el cliente nos indique y mantenga vigentes con BCI (Cuenta Corriente) o (Tarjeta de Crédito).
Las Principales exclusiones son:
Exclusiones del Seguro.
a) Guerra.
b) Peleas o riñas.
c) Comisión de actos calificados como delito.
d) Suicidio o intento del mismo.
e) Prestación de servicios del asegurado en las Fuerzas Armadas y/o funciones policiales de cualquier tipo, así como también desempeñarse como guardia de seguridad.
f) La práctica o el desempeño de cualquier deporte riesgoso, tales como: pasajero en aviación privada, paracaidismo, alas delta, parapente, bumpee jumping, alpinismo, escalada, motociclismo ya sea como conductor o pasajero, artes marciales, boxeo, lucha, rodeo, rugby, equitación, polo. participación en carreras, apuestas, competencias y desafíos que sean remunerados o sean la ocupación principal del asegurado.
g) Desempeñarse como deportista de alto rendimiento o profesional.
h) Encontrarse el asegurado en estado de ebriedad, o bajo los efectos de cualquier narcótico.
i) Desempeñarse el asegurado como piloto o tripulante de aviones civiles o comerciales.
j) Hospitalización a consecuencia de embarazo o maternidad, alumbramiento o la pérdida que resulte del mismo.
k) Exámenes médicos de rutina.
l) Cirugía plástica o cosmética, a menos que sea necesitada por una lesión accidental que ocurra mientras el asegurado se
encuentre amparado por la póliza.
m) Enfermedades en presencia del SIDA.
n) Enfermedades, lesiones o condiciones médicas preexistentes, es decir, que hayan sido conocidas o diagnosticadas con
anterioridad a la fecha de inicio de la cobertura, o a la fecha de incorporación del asegurado a la póliza, según corresponda.
o) La práctica o el desempeño de alguna actividad, profesión u oficio claramente riesgoso, como por ejemplo: La
manipulación de o trabajar en la carga o descarga de vehículos, buques o aviones.
Este es un resumen de las principales características y condiciones del Seguro, el detalle se encuentra en la póliza que enviaremos a su domicilio
Quienes pueden contratar el Seguro:
Este seguro puede ser contratado por mayores de 18 años y menores de 64 años y 365 días.
Para todos los asegurados la edad máxima de permanencia es hasta los 69 años y 364 días.
Además, puede contratar este seguro para los adicionales que estime conveniente (esposa e hijos), con un descuento en la prima mensual.
Además los beneficiarios del contratante podrán ser los que él estime conveniente.
Y para los adicionales siempre su beneficiario será el contratante.
centros de inspeccion
Iquique
Suc Bci, Patricio Lynch 420
lunes a Jueves 09.00 a 14.00 y 15.00 a 19.00 //Viernes de 09.00 a 14:00hrs
422892
Johan Vieira
Calama
Avda. ecuador 1901
lunes a viernes de 10.00 a 13.30 y de 15.00 a 18.00 // sábado de 10.00 a 13.30 hrs
55-310604
Ana garrido y César Rojas
Chuquicamata
Las Normac s/n
lunes a viernes de 09.30 a 12.00 y de 14.00 a 17.00 hrs // sabado de 09.30 a 12.00
55-326443
Nadia Castillo
Antofagasta
Arturo Prat 770
lunes a viernes de 09.00 a 12.30 y de 15.00 a 18.30 hrs // sabado de 09.30 a 12
55-449495
Juana Veliz
La Serena
Huanhuali s/n esq alberto Solari
lunes a viernes de 10.30 a 14.00 y de 15.00 a 18.00 hrs // sabado de 10.30 a 14
51-219146
Roberto Hoffamann
Viña
Uno Norte 901
lunes a viernes de 09.00 a 21.00 // sábado de 9.00 a 13.00 hrs
32-460060
Ivan Guzman, Victor aguilera
Viña
Soc Automotora 11 Norte 1162 (CCV)
lunes a viernes de 08:30 a 14.00 y de 15:00 a 18:30 // sábado de 9.00 a 14.00 hrs
2689641
Marcial Peralta
Rancagua
Cuevas 011 esq. Freire
lunes a viernes de 09.00 a 18.00 // sabado de 09.0 a 12.00 hrs
72-320480
Nadja Gallegos
Curico y Talca Solo por Spa
Concepcion
Anibal Pinto 143
lunes a viernes de 09.00 a 18:40 // sábado de 0900 a 13.40 hrs
41-2259038
Alexis Villanueva
Chillan
Foster y Ruiz en calle Isabel Riquelme 1065
Lunes a Viernes de 08.30 a 13.00 y de 15.00 a 20.00 // sabado no atiende
42-227410
Jacqueline Ruiz
Los Angeles
Avda Ricardo Vicuña 684
lunes a viernes de 09.00 a 13.00 y de 15.00 a 19.00 // sábado de 09.00 a 12..00
43-314209
Rodolfo Cortes
Temuco
San Martin 0278
lunes a viernes de 09.00 a 13.00 y de 15.00 a 19.00 hrs // sabado de 09.00 a 13.00
45-910522
Francisco Galleguillos
Valdivia Solo por Spa
Osorno
Manuel Bulnes 463
lunes a viernes de 09.00 a 19.00//sábado de 09.00 a 13.00
64-540080
Alexia Azocar
Coyhaique
Automotriz Varona en calle Carrera 333
Lunes a Viernes de 09.00 a 13.00 y de 15.00 a 19.00 // sabado de 09.00 a 14.00
67-216662
Omar Tuchie
Puerto Montt
Esmeralda 70
lunes a viernes de 09.00 a 17.00//sabado de 9.15 a 12.00
65-350390
Monica Carcamo
Ancud
Aut. Kompaztky en calle Arturo Prat 346
Lunes a Viernes de 09.30 a 12.45 y de 15.00 a 18.45 // sabado de de 10.00a 12.30
65-62425
Julio Kompatzki
Castro
Panamericana 1782
Lunes a Viernes de 09.00 a 13.00 y de 16.00 a 18.00 // sabado no
65-350393
Rene Tapia
La florida
Mall Florida Center local 121 estac Jumbo
lunes a viernes de 09.00 a 14:00 y de 15:00 a 18:00 // sabado de 09.00 a 12.00
2833143
Luis Campodónico
Manquehue
suc Bci, Manquehue Norte 1880
Lunes a Jueves de 09.00 a 18:30 Viernes de 09.00 a 16:30 Sabado NO
2186130
Fernando Espinoza
Las Condes
Central Frenos Las Condes 9285
Lunes a Viernes de 09.00 a 19:00 Sabado NO
2123883
German Cossio
Las Condes
La Castellana Sur 064
lunes a viernes de 09.00 a 13:00 y de 14:00 a 18:00// sabado de 09.00 a 12.00
08-4642063
Mario Escobar
martes, 15 de julio de 2008
Anulacion Multiproteccion
Además deben tener mucho cuidado al pedir por Spa anulación de seguros Multiprotección por duplicidad, ya que el cliente puede tener mas de una ctac.cte. asegurada, y para eso obviamente tendrá varios productos independientemente asegurados.
el numero de fax donde enviar la carta con firma de cliente es 6799883
Celulares Liquidadores
Alejandro Fierro 9-8797906
Alex Sepúlveda 7-8794414
Camilo Campos 9-7894861
Carlos Campos 8-8192704
Carlos Celedon 8-9222804
Carlos Plonka 9-8175835
Claudio Carvajal 8-8192694
Cristian Balmaceda 8-8192708
Eduardo Ortiz 8-8192690
Eliseo Pinto 9-7894812
German Haensgen 9-8878725
Gonzalo Solis 8-1362483
Hector Alvarez 8-8192688
Humberto Cañas 8-8192686
Ismael Arevalo 8-8192707
Ivan Aguilar 8-8192687
Jaime Contreras 8-8192691
Johan Vieira 8-8192701
Johnny Vergara 7-8870989
Johnny Yenes 9-7422604
Jorge Ganora 8-8192689
Marcos Becerra 8-8192696
Mario Campodonico 8-8192706
Maximiliano Valencia 9-8878746
Milen Babarovic 8-8192699
Mauricio Sandoval 9-8282064
Oscar Ordenes 8-8192703
Pablo Pérez 8-1362484
Patricio Valenzuela 8-8192695
Ramón Ramirez 8-8192685
Roberto Valencia 7-8794410
Rodolfo Saldias 9-5476406
Rodrigo Cornejo 8-8192705
Rodrigo Santis 9-8175770
Ruben Rodriguez 8-8192709
Sergio Cabero 8-8192693
Sergio Sanchez 8-8192692
Victor Tejo 9-7894829
Valentin Jara 8-8192698
Telefonos Supervisoras
Los avisos de ausencia se dan a las coordinadoras o supervisoras.
No se hace a traves de sus pares.
Les recuerdo nuestros fonos:
Ximena Bravo 08/2339583
Marcia Salas 09/2235991
Yolanda Rodriguez 09/4407956
Polizas Trianuales
Las pólizas Trianuales no se pueden terminar, hay un regalo que se entregó (tárjetas o TV), si aún asi el cliente la caduca se cobrará inmediatamente y de una sola vez el 50 % de la prima.
Recordar que la poliza debe estar firmada para poder entregar el numero de la poliza
cuando poliza este firmada el cliente tiene que llamar al 4367239
si no esta firmada (polizas trianuales) enviar lotus a Marcela Bustamante con copia a Fabian Becerra y Juan Pablo Moya.
Reembolso Grua Axa
Debe adjuntar una cartita indicando motivo por el cual solicita el reembolso de este servicio y por que no solicitó en primera instancia la Grúa con nuestra Cia.
Seguro de Cesantia
COBERTURA
Cesantía Línea Sobregiro.
Cubre 6 pagos de 5% del monto utilizado (mensual) con un tope de 15uf anual.
COBERTURA
Cesantia Tarjeta Visa
Cubre 6 pagos mínimos de 5% del cupo utilizado al momento del siniestro.
Cumpleaños
Lorena Figueroa 04-03-1966
Loreto Melo 13-10-1969
Priscilla Aristeguy 11-11-1981
Carolina Diaz 06-01-1981
Jose Yañez 19-12-1966
Maria Jose Valenzuela 30-11-¿?¿?¿?
Jazmin Almonacid 13-12-1984
Ursula Almarza 30-12-1973
Karen Palma 31-03-1980
Catalina Carrera 03-12-1950
Natalia Aedo 13-08-1985
Mirtha Avila 20-03-1982
Sandra Gonzalez 02-11-1845
Katherine Espinace 21-04-1981
Elizabeth Espinoza 26-05-1979
Claudia Valenzuela 09-11-1967
Sandra Silva 15-06-1958
Maria Teresa Contreras 25-12-1973
Marcia Salas 10-02-1981
Miryam Catalan 12-08-1983
Yolanda Rodriguez 30-09-1986
Wenceslao Orrego 26-11-1981
Paola Riquelme 20-11-1989
Pamela Pulgar 01-04-1981
Jessica Jara 09-04-1981
PÓLIZA DE INCENDIO
DAÑOS CUBIERTOS SÓLO A BIENES QUE ESTÉN EXPRESAMENTE SEÑALADOS E IDENTIFICADOS EN LA PÓLIZA Y POR ENDE ASEGURADOS.
NO COBERTURA DE DAÑOS DE EXPERIMENTOS ATÓMICOS,FERMENTACIÓN,VICIO PROPIO,ÓXIDO O CALEFACCIÓN CONTINUA.
DECLARACIONES DEL ASEGURADO
DEBE SEÑALAR:
UBICACIÓN
DESTINO Y USO
OBJETOS MUEBLES
DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LA COMPAÑÍA.
REVISAR EL INMUEBLE
EXAMINAR
REVISAR REPONSABILIDAD POR PREJUICIOS
INDEMNIZAR
CLAÚSULAS ESPECIALES
ADICIONAL CAUSADO POR VEHÍCULOS MOTORIZADOS
ADICIONAL DE DAÑOS MATERIALES CAUSADOS POR ROTURA DE CAÑERÍAS
ADICIONAL DE DESCOMPOSICIÓN DE PRODUCTOS DEPOSITADOS EN FRIGORÍFICOS
CLAÚSULAS ESPECIALES
ADICIONAL POR HUELGA
ADICIONAL POR ACTOS TERRORISTA
ADICIONAL POR DESORDEN POPULAR
ADICIONAL DE AVALANCHA
TOMA DE DENUNCIO
ESCRITA: VÍA MAIL-FAX-DENUNCIO RECEPCIONADO EN 8 PISO.
TELEFÓNICA.
REQUISITOS
IDENTIFICAR EL LUGAR SINIESTRADO DE LA VIVIENDA
DÍA-HORA DEL SINIESTRO
SEÑALAR SI HA TOMADO ALGUNA MEDIDA COMO LLAMARA ABOMBEROS,CARABINEROS,ETC.
TELÉFONO DE CONTACTO Y PERSONA .
ESPECIFICAR RELACIÓN CON EL ASEGURADO.
SEÑALAR CALLES DE REFERENCIA PARA PODER LLEGAR A LA VIVIENDA.
PÓLIZA VEHíCULOS MOTORIZADOS
INCLUYE LOS RIESGOS DAÑOS MATERIALES , ROBO HURTO O USO NO AUTORIZADO .
A) DAÑOS MATERIALES .
LOS DAÑOS MATERIALES DIRECTOS QUE AFECTEN AL VEHICULO , SUS PIEZAS O PARTES Y SUS ACCESORIOS COMO RESULTADO DE UN VOLCAMIENTO O COLISION ACCIDENTAL CON OBJETOS EN MOVIMIENTO O ESTACIONARIOS , INCENDIO , RAYO O EXPLOSIÒN TANTO SI EL VEHÌCULO SE ENCUENTRA ESTACIONADO O EN MOVIMIENTO .
B) ROBO, HURTO O USO NO AUTORIZADO.
COMPRENDE EL ROBO DE VEHICULO ASEGURADO , EL ROBO O HURTO DE PIEZAS O PARTES DEL VEHICULO ASEGURADO, DAÑOS CAUSADOS POR LA EFECTIVIDAD DE DICHOS DELITOS EN TODOS SUS GRADOS DE CONSUMADO- FRUSTRADO O TENTATIVA , LOS DAÑOS QUE SE OCACIONEN AL VEHICULO DURANTE EL TIEMPO QUE COMO CONSECUENCIA DE LAS CAUSALES ANTERIORES SE ENCUENTRE FUERA DEL CONTROL DE ASEGURADO.
EXCLUSIONES
- LOS DAÑOS CAUSADOS POR DETERIORO O DESGASTE.
- LOS DAÑOS CAUSADOS POR PERSONAS ANIMALES U OBJETOS TRANSPORTADOS EN EL VEHICULO.
- LOS DAÑOS A NEUMATICOS O CAMARAS A NO SER QUE PROVENGAN DE ACCIDENTE QUE CAUSEN DAÑOS INDEMNIZABLES AL RESTO DE VEHICULO.
- LOS DAÑOS QUE SUFRA VEHICULO MIENTRAS ES TRANSPORTADO POR OTRO MEDIO QUE NO SEAN LOS ESTIPULADOS ANTERIORMENTE.
- LOS DAÑOS QUE SUFRA VEHICULO MIENTRAS ES CONDUCIDO POR UNA PERSONA BAJO LOS EFECTOS DEL ALCOHOL , DROGA O SUSTANCIA .
- LOS DAÑOS CAUSADOS AL VEHICULO CUANDO CONDUCTOR HUYE DEL LUGAR DE SINIESTRO.
- LOS DAÑOS ORIGINADOS MIENTRAS VEHICULO TRANSITA POR CURSOS DE AGUA ( RIOS ,ARENAL ,PLAYA DE MAR ETC...)
- DAÑOS COMO CONSECUENCIA DE ACTOS DE HUELGA DESORDEN PUBLICO , TERRORISMO ...
- DAÑOS CAUSADOS DE FORMA MALICIOSA ( DELIBERADA )
- LOS DAÑOS OCACIONADOS MIENTRAS SE UTILIZA CON UN FIN DISTINTO DECLARADO EN CONDICIONES PARTICULARES .
OPCIONES DE ASEGURADO EN CASO DE SINIESTRO
AL ORIGINARSE UN SINIESTRO QUE ESTE DEBIDAMENTE CUBIERTO POR LA COMPAÑÍA Y QUE SUFRA VEHICULO INDICADO EN CONDICIONES PARTICULARES O EN SUS ACCESORIOS, LA COMPAÑÍA PODRA INDEMNIZAR EN DINERO U OTRO VEHICULO DE SIMILARES CARACTERISTICAS .
CUANDO SE TRATE DE UNA PERDIDA TOTAL EN DONDE EXISTE ACREEDOR PRENDARIO SE DEBERA INDEMNIZAR EN DINERO .
RESPONSABILIDAD CIVIL
- DAÑO EMERGENTE
DAÑO EMERGENTE ORIGINADO DE UN ACCIDENTE EN EL CUAL HAYA TENIDO PARTICIPACIÒN VEHICULO ASEGURADO ( SE ENTIENDE VEHICULO,PROPIEDAD )
- DAÑO MORAL
SE CUBRIRA EL DAÑO MORAL DERIVADO DE UN ACCIDENTE EN QUE HAYA TENIDO PARTICIPACION VEHICULO ASEGURADO .
- LUCRO CESANTE
SE CUBRIRA EL LUCRO CESANTE PRODUCIDO A TERCEROS EN QUE VEHICULO ASEGURADO TENGA PARTICIPACION
OBLIGACIONES ESPECIALES DE ASEGURADO.
- PONER EN CONOCIMIENTO DE FORMA INMEDIATA A COMPAÑÍA SOBRE CITACIONES , NOTIFICACIONES , DENUNCIAS ETC...
- CEDER LA DEFENSA A LA COMPAÑÍA DEL CASO .
CONDICIONES COMUNES PARA TODAS LAS COBERTURAS
- INTERES ASEGURABLE , EL SEGURO EN QUE FALTE ESTE INTERÈS SERÀ DE CARÁCTER NULO.
- EL CONTRATANTE DEBERA INFORMAR SI MATERIA ASEGURADO SE ENCUENTRA EN PRENDA .
- CONTRATADO EL SEGURO LA ENAJENACION DE LOS BIENES O CESIÒN DE DERECHOS SOBRE EL LOS MISMOS DARA FIN A CONTRATO .
- AVISO DE SINIESTRO
- EN CASO DE SINIESTRO EL ASEGURADO ESTA OBLIGADO A DEJAR CONSTANCIA O DENUNCIO EN LA UNIDAD POLICIAL MAS CERCANA ( DENTRO DE UN PLAZO MAXIMO DE 24 HRS.) Y ANTE LA COMPAÑÍA EN UN PLAZO DE 10 DIAS.
- CONSERVACION DEL VEHICULO.
- EL ASEGURADO DEBERÀ HACER TODO LO POSIBLE PARA EVITAR LA PERDIDA O DAÑO DE SU VEHICULO Y PARA MANTENERLO EN BUEN ESTADO .
TERMINO ANTICIPADO DE CONTRATO ( POLIZA )
- EL ASEGURADO PODRA PONER FIN A CONTRATO CUANDO LO ESTIME CONVENIENTE MEDIANTE INFORMACION ESCRITA AL ASEGURADOR .
- LA COMPAÑÍA PODRA PONER FIN A CONTRATO EN CUALQUIER MOMENTO Y DEBERA ENVIAR AL ASEGURADO CARTA CERTIFICADA A DOMICILIO INDICADO EN POLIZA.
"Asistencia"
Servicio ágil que puede resolver daños o
Desperfectos de leve magnitud con el
Objetivo de evitar el inicio de siniestro
Mayor .
Dicho servicio será entregado por un
Grupo de profesionales o proveedores
Designados por ellos
La asistencia se considera como una cobertura
Dentro de las pólizas.
ASISTENCIA AL VEHICULO
ASISTENCIA EN VIAJE
ASISTENCIA DOMICILIARIA
ASISTENCIA AL VEHICULO
Este servicio sólo se entregará al vehículo
Indicado en póliza como tal en las
Condiciones particulares de la misma .
El ámbito territorial que abarca esta
Cobertura se encuentra incluído dentro de
Las condiciones particulares del seguro.
COBERTURAS EN RELACION AL
VEHICULO
Remolque o transporte del vehículo.
Estancia y desplazamiento de los
asegurados por inmovilización de
vehículo.
Estancia y des. De los asegurados por
robo de vehículo.
Transporte , depósito o custodia de
vehículo.
Servicio del conductor profesional .
Localización y envío de piezas a
domicilio.
- Transmisión de mensajes urgentes .
ASISTENCIA EN VIAJE
Este servicio sólo se entregará a vehículo
Indicado en condiciones particulares de la
Póliza .
Las vigencias se encuentran estipuladas en
Condicionado particular y el ámbito
Territorial contempla todo el mundo
Cualquiera sea el modelo de transporte
Utilizado.
COBERTURAS RELATIVAS AL VEHICULO
Remolque o transporte del vehículo.
Estancia y desplazamiento de los
asegurados por la inmovilización del
vehículo .
Estancia y desplazamiento de los
asegurados por robo del vehículo.
Transporte , depósito o custodia del
vehículo reparado o recuperado.
COBERTURAS EN RELACION A
PERSONAS
Transporte o repatriación sanitaria en
caso de lesiones o enfermedad.
Desplazamiento y estancia de un familiar
de asegurado.
Asistencia sanitaria por lesión o
enfermedad de asegurado en extranjero .
Transporte o repatriación de asegurado
fallecido y de los demás acompañantes.
- Envío de medicamentos fuera de Chile.
COBERTURAS EN RELACION AL EQUIPAJE Y EFECTOS PERSONALES
Localización y transporte de equipajes y efectos personales .
En este caso la compañía intervendrá en gestión de localización de equipaje y
Denuncio de extravío o robo del mismo.
PROCEDIMIENTO EN CASO DE SINIESTRO
El asegurado o solicitante del servicio de Asistencia , deberá tomar contacto con la Compañía directamente indentificando el Vehículo a través de datos tales como :
RUT
PATENTE
NUMERO DE POLIZA
NO ES NECESARIA LA PRESENCIA DE UN SINIESTRO PARA ENTREGAR SERVICIO DE ASISTENCIA .
SE PUEDE CURSAR TAMBIEN POR UNA AVERIA AL VEHICULO.
EN CASO DE SINIESTRO SIEMPRE SE ENTREGARA SERVICIO DE TRASLADO EN GRUA SOLAMENTE A NUESTRO ASEGURADO Y NUNCA AL TERCERO
ASISTENCIA DOMICILIARIA
Este servicio sólo se cursará en domicilio Indicado en condiciones particulares de la
Póliza .
Para solicitarlos el asegurado deberá Contactar teléfonicamente a la compañía Indicando póliza o rut de asegurado.
Dentro de la asistencia domiciliaria se Contemplan los siguientes rubros:
GASFITERIA
Consiste en rotura o desperfecto accidental De cañerías ,estanques , llaves o Instalaciones fijas de agua .
No se contempla conductos de gas . Reparación de calderas , calefactores o Equipos de calefacción central.
ELECTRICIDAD
Consiste en la interrupción de suministro De energía eléctrica en la vivienda Proveniente de las instalaciones propias Del lugar .
Los electrodomésticos no están cubiertos.
CERRAJERIA
Daño que impide salida o ingreso de Habitantes de vivienda .
Este desperfecto debe afectar a puertas de Acceso directamente .
CRISTALERIA
Corresponde a rotura de vidrios o cristales Que den al exterior de la vivienda , esto
Debido a un posible ingreso de extraños a La misma .
El servicio de asistencia se cursa durante Los 365 días del año y durante las 24 horas del día .
Deberá ser solicitada indicando rut , Póliza e indicando dirección de vivienda
Afectada.
Asistencia está sujeta a 3 eventos por año, Y monto tope por evento en los tres rubros
AXA ASISTENCIA
A través de esta entidad se cursan la Mayoría de los servicios de asistencia ,tanto
De vehículo como de hogar , incluyendo a casi todos los canales de venta .
Sus ejecutivos disponen de una base en la Que se encuentran actualizados los
Antecedentes de todos nuestros asegurados.
Esto con el objetivo de entregar un ágil y
Satisfactorio servicio.
FONO : 9418965 ( ANEXO 500 )
AUTOMOVIL CLUB
Representa la prestación de servicios de Asistencia Hogar en menor volùmen .
Básicamente atiende a clientes de la Cartera de pólizas HOMECENTER
( Corredora Falabella ).Automovil Club , tambien cursa asistencias especificamente a 2 coberturas de producto Banca HOGAR FLEXIBLE .
Sucursales de venta
B Banco Bci - Corredora de seguros Bci.
W Homecenter, Falabella, Forum, Mitsui, Ans, Derco
F Iquique
S La Serena
V Viña del Mar
Q Manquehue
C Concepción
T Temuco
U Genera
Nº Cuentas corrientes Vida
CHILE 11742-00
SANTANDER 2391-4
CREDITO 10255923
EDWARDS 1-67-254045
EDWARDS US 1-60-436789
SANTIAGO 12912-7
Nº Cuentas corrientes Generales
ESTADO 3322122
CHILE 000-41742-04
EDWARDS 01-66-152109
EDWARD U.S. 01-68-103258
CREDITO US$ 11079355
CRÉDITO 10203273 10534989
SANTIAGO 0-000-01-5413-9
CHILE U.S.N.Y. 201111 US$ 11079355
SANTANDER SANTIAGO 820006234-6
Procedimiento Maxima Salud
PLAZO PARA REUNIR DEDUCIBLE: 180 DÍAS.
SIRVE CUALQUIER DOCTO. QUE ACREDITE QUE SE ESTÁ GENERANDO UN GASTO SOBRE EL CUAL TODAVÍA NO SE TIENE EL GASTO REALZADO.
Entregar documentos a Victor Carcamo de la corredora
michel cruchaga #920 piso 9
lunes, 14 de julio de 2008
Glosario de Significados
AGENTE DE VENTAS:Son las personas naturales o jurídicas que se dedican a la comercialización o venta de seguros de una compañía, vinculados con dicha entidad mediante un contrato de trabajo o prestación de servicios.
AGRAVACIÓN DE RIESGOS:Es la modificación o alteración posterior a la celebración de un contrato, ante el aumento de la posibilidad de ocurrencia o peligrosidad de un evento, afectando un determinado riesgo. Quien haya contratado el seguro, deberá comunicar durante la vigencia de éste, todas las circunstancias que agraven el riesgo.
AVISO O DENUNCIA DE SINIESTRO:Documento o comunicación, a través del cual, el asegurado informa a su compañía de seguros, la ocurrencia de un determinado hecho o accidente, cuyas características guardan relación, en principio, con las circunstancias previstas en el contrato, para que se proceda a la indemnización.
ACCIDENTE :Cualquier lesión corporal sufrida por una persona de manera absolutamente involuntaria, fortuita de súbito o provocado por alguna fuerza externa ajena a su voluntad.
ALEATORIO :Significa que un evento tiene una ocurrencia incierta. Vale decir, puede que ocurra o no. Los seguros la aplican íntegramente, ya que todos los contratos están sujetos a esta norma.
ARBITRAJECuando existe alguna controversia entre el asegurado y la compañía, la Superintendencia de Valores y Seguros puede dictaminar la concurrencia de un arbitro (justicia ordinaria), siempre que ambas partes de acuerdo. Este fallará de acuerdo a las normas establecidas por este organismo fiscalizador. Los costos de dicho experto serán cancelados por ambas partes por igual. No obstante, si el monto del siniestro es menor a UF 120, la entidad reguladora puede tomar el caso personalmente.
ASEGURADO Es la persona titular del seguro.
ASEGURADOREs la empresa que asume la cobertura del riesgo, vale decir, la que ofrece el seguro, previamente autorizado por las superintendencia de valores y seguros.
BANCASEGUROS Mecanismo que permite la asociación de las corredoras de seguros con los bancos, casas comerciales y megamercados, para vender seguros por intermedio de éstas últimas.
BUENA FEAl igual que en cualquier contrato, este principio es fundamental a la hora de contratar un seguro. Para el asegurado, supone el cumplimiento de sus obligaciones, tales como entregar una completa, clara y oportuna información del riesgo asegurable, evitar la ocurrencia de un siniestro, intentar disminuir los daños una vez ocurrido un siniestro y pagar oportunamente la prima. Para el asegurador, supone la entrega total y exacta de la información relativa al contenido del contrato y cumplir con las indemnizaciones pactadas.
BENEFICIARIOEs la persona designada por quién contrata el seguro, para recibir el capital establecido. Comúnmente se aplica en seguros de vida y accidentes personales.
CLÁUSULA DE ARBITRAJECorresponde a la cláusula de todo contrato de seguro. En ella, se establece someter cualquier dificultad suscitada entre el contratante o beneficiario, según corresponda y la compañía, con relación a la interpretación, aplicación, cumplimiento o incumplimiento, indemnización u obligación referente al contrato, a la resolución de un juez árbitro nombrado de común acuerdo por las partes, o en su defecto por los tribunales ordinarios de justicia.
CLÁUSULAS ADICIONALESSon aquellas cláusulas accesorias al contrato de un seguro, que permiten ampliar las coberturas comprendidas en las condiciones generales de la póliza, incluyendo riesgos no contemplados o expresamente excluidos, o eliminando restricciones, condiciones u obligaciones que afecten o graven al asegurado o contratante.
CLÁUSULAS ALTERNATIVAS Son aquellas cláusulas que sustituyen uno o más artículos del texto originalmente registrado en la póliza.
CLÁUSULAS DE USO GENERALSon aquellas cláusulas que por su naturaleza, tipo o finalidad, permiten generalizar su uso en distintas pólizas registradas que no las contengan, tales como reglas de solución de dificultades o controversias, resolución de contrato por no pago de prima y cláusula de acreedor prendario o hipotecario.
CONDICIONES GENERALESSon las cláusulas de los contratos tipo, que deben ser siempre utilizadas por las entidades aseguradoras, ya que contienen las regulaciones y estipulaciones mínimas por las que se rige el contrato respectivo, tales como, riesgos cubiertos y materias aseguradas, exclusiones de cobertura, derechos, obligaciones y cargas del contrato, etc.
CONDICIONES PARTICULARES Son aquellas estipulaciones que regulan aspectos específicos de un contrato y que singularizan una póliza de seguros determinada, definiendo su particularidad tal como, requisitos de aseguramiento, individualización del asegurador, contratante, asegurado y beneficiario, deducibles, etc.
CONTRATANTE O TOMADOREs la persona que contrata el seguro. Generalmente, en los seguros individuales el tomador lo adquiere por cuenta propia, constituyéndose él mismo en contratante y asegurado a la vez. Por el contrario, cuando el seguro es por cuenta ajena, significa que el tomador o contratante es distinto del asegurado. Esta situación es típica de los seguros colectivos.
CORREDOR DE SEGUROSPersona natural o jurídica, auxiliar del comercio de seguros, autorizada por la Superintendencia de Valores y Seguros para la intermediación de seguros y de su asesoramiento. Esta facultado para trabajar con cualquier compañía de seguros, ofreciendo las condiciones más convenientes a los intereses del asegurable, asistiéndolo durante la vigencia, modificación del mismo y al momento del siniestro.
COTIZACION Documento elaborado por una compañía de seguros o por un corredor, que contiene alternativas de cobertura y tarifa para el seguro solicitado por una persona o empresa, con excepción del caso de seguros de Rentas Vitalicias del D.L. 3.500,
COTIZACION DE RENTA VITALICIAEs la oferta que la entidad aseguradora realiza directamente o a través de sus agentes de ventas, o por intermedio de un corredor de seguros, para celebrar un contrato de seguro de renta vitalicia del D.L. 3.500, de 1980, utilizando el modelo previamente establecido por la Superintendencia de Valores y Seguros.
CUESTIONARIOConjunto de preguntas sometido a la consideración de una persona, para conocer a través de sus respuestas, los datos o circunstancias del asunto a que tales preguntas están referidas. Se utiliza frecuentemente para facilitar al asegurable la descripción del riesgo que quiere asegurar.
COBERTURASon los beneficios que un contrato de seguro otorga a su asegurado, estableciéndose claramente las condiciones generales y específicas de ésta, los costos, montos cubiertos dependiendo del ítem y sus porcentajes, especificaciones del bien asegurado, etc., las obligaciones del asegurador y del contratante y respecto del inicio de la vigencia del contrato y su caducidad.
COASEGURO Es el reparto de un riesgo muy alto entre dos o mas compañías de seguro, donde la aseguradora que adquirió el riesgo, responde directamente a su asegurado, Este procedimiento es transparente para el asegurado.
CORREDOR Persona natural o jurídica, independiente de las compañías de seguros. Tiene por finalidad asesorar a la persona que necesita contratar un seguro, así como durante la vigencia de la póliza y entrega la información del asegurado a la aseguradora.
DAÑO Pérdida material o personal sufrida a causa de algún siniestro casual.
DECLARACION PERSONAL DE SALUD (DPS)Es la declaración del asegurado en la propuesta o solicitud de seguro, respecto de su estado de salud y enfermedades preexistentes, para que el asegurador decida sobre la aceptación y tarificación de su riesgo. La omisión, falsa declaración o reticencias, posibilitan al asegurador para liberarse de sus obligaciones y rechazar el pago del siniestro.
DEDUCIBLEEs una parte del riesgo, establecido en la póliza, que el contratante debe cancelar antes que su seguro cubra el resto del siniestro. Dicha suma no es indemnizada por la compañía. También se conoce como póliza solidaria entre el asegurado y el asegurador.
ENDOSODocumento en el cual se explicita cualquier modificación que sufra la póliza (contrato de seguro).
EXCLUSIONES Son las circunstancias o cosas no contempladas en la cobertura y que se señalan taxativamente en la póliza.
EXTRAPRIMARecargo que se hace a la tarifa establecida por un seguro, para cubrir un riesgo extra que el asegurado desea incluir en su póliza.
HURTO Apropiación indebida de algún objeto ajeno en forma silenciosa, sin uso de fuerza ni violencia hacia las personas.
INFORME DE LIQUIDACIONDocumento emitido por un liquidador de siniestros una vez producido un evento catastrófico para el asegurado. Éste se pronuncia técnicamente sobre la pérdida y la indemnización, si ésta procede. Señala el valor real del bien siniestrado y el procedimiento empleado para obtenerlo.
INDEMNIZACIÓNCantidad a pagar por la entidad aseguradora al contratante o beneficiario por la ocurrencia de un siniestro. Dicha cantidad está estipulada en el contrato o póliza de seguro.
INTERMEDIARIO DE SEGUROSPersonas naturales o jurídicas dedicadas a la intermediación de seguros.
INTERÉS ASEGURABLEEs el interés económico que una persona tiene frente a la ocurrencia de un riesgo. De no existir tal interés, el seguro no tiene ningún valor, esto implica: 1 la existencia del objeto asegurable 2 la asegurabilidad del mismo 3 una relación legal del asegurado con el objeto.
LIQUIDACION DE SINIESTROProcedimiento establecido para ajustar los daños provocados por un siniestro, determinar la procedencia de la cobertura contratada en la póliza y el monto de la indemnización a pagar si corresponde.
LIQUIDADOR DE SINIESTROSPersona natural o jurídica que se desempeña como auxiliar del comercio de seguros, autorizado por la superintendencia de seguros. Son contratados por las compañías de seguros para investigar la ocurrencia de algún siniestro y las circunstancias que lo provocaron. El liquidador es quien determina, según los antecedentes del siniestro, la protección cubierta por la póliza.
OFERTA DE SEGUROOfrecimiento efectuado directamente por el asegurador, o a través de un corredor de seguros, en que se ofrece a una persona determinada o al público en general, las condiciones y términos del contrato de seguro para la cobertura del riesgo.
PÉRDIDA TOTALCuando los daños a consecuencia de un siniestro son completos o casi totales. En vehículos se considera perdida total cuando los daños superan el 75 %.
PLAZO DE GRACIAPeríodo durante el cual se mantiene la vigencia de la cobertura de la póliza de un seguro de vida, aunque no se hayan pagado las cuotas correspondientes. Por lo general es de 30 días a partir de la fecha de vencimiento del pago de la prima.
PÓLIZA Es el contrato que establece las condiciones bajo las cuales se asegura un riesgo. Las partes firmantes son el contratante y el asegurador.
PRIMA Es el precio del seguro, cargo que es de exclusiva responsabilidad del contratante.
PRINCIPIO INDEMNIZATORIORegla básica en materia de seguros, en que el valor de la indemnización tendrá su límite en el monto del daño causado, no pudiendo transformarse en objeto de lucro o ganancia para el asegurado.
PROPUESTA DE SEGURODocumento en que consta la solicitud y condiciones del seguro requerido del asegurado.
REASEGUROCesión de una parte del riesgo a una entidad reaseguradora, mediante un contrato llamado tratado de reaseguro. Éste es de absoluta transparencia para el asegurado, ya que la aseguradora es la responsable frente a él.
REGISTRO DE POLIZASRegistro de uso público mantenido por la Superintendencia de Valores y Seguros, que contiene los textos de los modelos de póliza registrados, sus modificaciones y cláusulas adicionales que se contratan en el mercado, no pudiendo las entidades aseguradoras contratar con moldes que no hubieren sido previamente registrados en él, salvo las excepciones legales.
REGLA PROPORCIONAL O PORRATEOFórmula que se aplica en la determinación del monto a indemnizar. En caso de siniestro parcial y existiendo infraseguro, el daño debe ser liquidado teniendo en cuenta la proporción que exista entre el capital asegurado y el valor real del inmueble o mueble asegurado al momento del siniestro. Por ejemplo, si una casa está asegurada por UF 3000 y su valor real es UF 4000 y es afectada por un siniestro de incendio que destruye la mitad del inmueble, la indemnización corresponderá a la mitad de UF 3000 y no a la mitad de UF 4000.
RIESGOEs la posibilidad incierta de ocurrencia de un acontecimiento y que produce la necesidad económica en el asegurado de hacer uso de la indemnización establecida en la póliza.
REHABILITACIONCuando las garantías de una póliza vuelven a adquirir plena vigencia, luego que desaparecen las circunstancias que motivaron la suspensión de ésta.
RIESGOS INASEGURABLES Son aquellos riesgos que no cubren las aseguradoras.
RENOVACION AUTOMATICAAcuerdo entre las partes que determina que el seguro puede prorrogarse automáticamente, por un nuevo período, a menos que el asegurado lo cancele.
ROBOApropiación indebida de algún objeto ajeno mediante fuerza en las cosas con violencia o intimidación a las personas.
SOBREPRIMA O EXTRAPRIMARecargo que se aplica a la prima cuando se trata de riesgos agravados, por ejemplo, actividades peligrosas o deportes riesgosos.
SOBRESEGUROSignifica que la cantidad asegurada excede el valor comercial del objeto asegurado al momento del siniestro.
SUBROGACIONEs la transferencia de los derechos que corresponden al asegurado a un tercero, en razón del siniestro, al asegurador, hasta el monto de la indemnización que abone. El asegurado es el responsable de todo acto que perjudique este derecho del asegurador
SEGURO A PRIMERA PERDIDA Aquel que estipula que aún cuando exista infraseguro, el asegurado no cancelará parte alguna de la pérdida, salvo que ésta exceda de la suma asegurada.
SEGURO DE ACCIDENTES PERSONALESCorresponde al seguro que indemniza en caso de accidentes que motiven la muerte o la incapacidad total del asegurado, a consecuencia de las actividades previstas en la póliza.
SEGURO DE CREDITOSeguro que indemniza el daño sufrido por una persona a raíz del incumplimiento de sus deudores, sea por obligaciones en dinero o de crédito que tengan para con él.
SEGURO DE DEGRAVAMENAquel en que el asegurador se compromete a pagar al acreedor beneficiario, el saldo no pagado de la deuda pendiente del asegurado fallecido.
SEGURO DE GARANTIAAquel por el que el asegurador se obliga, en caso de incumplimiento por el tomador del seguro, de sus obligaciones legales o contractuales, a indemnizar al asegurado a título de resarcimiento, los daños patrimoniales sufridos dentro de los límites establecidos en la ley o en el contrato.
SEGURO DE INCENDIOGarantiza al asegurado el pago de una indemnización en caso de incendio de los bienes determinados en la póliza, o la reparación o reposición de los objetos averiados.
SEGURO DE RENTA VITALICIA PREVISIONALAquella modalidad de pensión por la cual el asegurador se obliga, a cambio de una prima única, a pagar a su afiliado o sus beneficiarios legales según corresponda, de una renta vitalicia mensual por vejez, invalidez o sobrevivencia, de acuerdo a las normas del D.L. 3.500, de 1980 y a las condiciones de la póliza respectiva.
SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVILAquel en que el asegurador se compromete a indemnizar el o los daños ocasionados a los bienes o a la persona de un tercero, afectado por el asegurado.
SEGURO DE ROBO Aquel en que el asegurador se compromete a indemnizar al asegurado por los daños sufridos a consecuencia de la desaparición, destrucción o deterioro de los objetos asegurados, a consecuencia del robo de los mismos.
SEGURO DE TRANSPORTE (terrestre – marítimo – aéreo)Aquel en que la entidad aseguradora se compromete al pago de determinadas indemnizaciones a consecuencia de los daños ocurridos durante el transporte de mercaderías. Estos daños pueden afectar al objeto transportador (seguro de casco) o a las propias mercaderías transportadas.
SEGURO DE VEHICULOS MOTORIZADOSTiene por objeto la indemnización a consecuencia de accidentes producidos por la circulación de vehículos, referidos a los daños propios del vehículo, al robo, hurto o uso no autorizado y a la responsabilidad civil por daños a terceros.
SEGURO DE VIDAEs aquel en que el asegurador paga el capital previamente fijado en la póliza, al beneficiario designado por el asegurado fallecido.
SEGURO OBLIGATORIO DE ACCIDENTES PERSONALES CAUSADOS POR VEHICULOS MOTORIZADOS (SOAP) Es aquel seguro que deben contratar todos los propietarios de vehículos motorizados en circulación, destinado a indemnizar a los terceros lesionados por el auto asegurado. Este seguro debe presentarse al momento del pago del permiso de circulación de la Municipalidad respectiva.
SEGURO PRORROGADOConstituye uno de los valores garantizados en las pólizas de seguros de vida que generan reservas, que consiste en utilizar el importe que le corresponde de la reserva al contratante, según el Cuadro de Valores Garantizados de la póliza respectiva, para el pago de primas del seguro por un número menor de años, sin variar el capital asegurado.
SEGURO SALDADOConstituye uno de los valores garantizados en las pólizas de seguros de vida que generan reservas. Consiste en utilizar el importe que le corresponde de la reserva al contratante, según el Cuadro de Valores Garantizados de la póliza respectiva, para el pago de primas y convertir el seguro en otro saldado, o íntegramente pagado, pero por un capital reducido.
SEGUROS COLECTIVOSAquellos seguros contratados en virtud de un vínculo contractual, legal o institucional, por un conjunto de personas o a favor de un conjunto de personas o cuyas condiciones resulten aplicables respecto de un conjunto de personas.
SINIESTROEs el acontecimiento o hecho previsto en el contrato, cuyo acaecimiento genera la obligación de indemnizar al asegurado.
TABLAS DE MORTALIDADTablas actuariales que reflejan la probabilidad de fallecimiento de las personas en función de sus edades.
TARIFAEs la prima que corresponde aplicar a cada tipo de riesgo, donde éstos se clasifican por grupos en razón de su naturaleza y gravedad.
TERMINACION DEL SEGUROSe refiere al término de la vigencia del contrato de seguro, ya sea por cumplirse el plazo pactado de duración, por el no pago de las primas o por la ocurrencia de un siniestro.
VALORES GARANTIZADOSAplicable a los Seguros de Vida Individual con ahorro que generan reservas. Por ejemplo, transcurrido un período determinado, que generalmente es de 3 años desde la celebración del contrato y hallándose el asegurado al día en el pago de las primas, podrá en cualquier momento exigir un valor de rescate, un seguro saldado, un seguro prorrogado o pedir préstamos o avances, de acuerdo con el Cuadro de Valores Garantizados que formar parte de las condiciones de la póliza.
VIGENCIAEs el tiempo de duración de un seguro, que va desde la fecha de emisión de la póliza hasta su vencimiento. Generalmente es de un año, con o sin renovación automática dependiendo de lo que haya estipulado el asegurado.
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